Dirección del Trabajo Cambia Sistema de Multas para Micro y Pequeñas Empresas
Escrito por Coordinación | con fecha marzo 16, 2008La Directora del Trabajo ha anunciado el cambio de la política de fiscalización de cumplimienento de la normativa laboral y multa para las MIPES (micro -máximo 9 trabajadores- y pequeñas empresas -máximo 49 trabajadores): ya no se les multará apenas se constante una infracción, sino que se les dará un plazo razonable durante el cual se les asistirá para que enmienden la situación. El cambio representa una vuelta parcial (no incluye a medianas y granes empresas) al sistema anterior de fiscalización, más permisivo y benevolente con las empresas, y se enmarca dentro de la política de la nueva política de incentivos del Gobierno para las MIPES.
Actualmente se stá aplicando un plan piloto en 5 inspecciones para preparar su aplicación general. Es de esperar que produzca los efectos deseados.
La directora de la Dirección del Trabajo, Patricia Silva, y setenta pequeños y medianos empresarios, se dieron cita en el Foro “La Pyme y la Dirección del Trabajo”. La actividad, organizada por BM Comunicaciones, se realizó en el Auditorio de CORFO.
Silva expuso temáticas en las cuales la Dirección del Trabajo se encuentra comprometida con el sector, con el fin de lograr un trabajo armónico y en conjunto con las Pyme.
Así fue como la encargada del ente gubernamental destacó el ingreso al Congreso Nacional, el 4 de enero del presente año, del Proyecto de Ley que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño por parte de la Presidenta Bachelet. Los objetivos de dicho Proyecto de Ley buscan generar condiciones regulatorias que permitan a las Pyme aprovechar al máximo sus ventajas comparativas en igualdad de condiciones.
Esto implica proponer modificaciones de leyes existentes o a través de nuevas leyes, una normativa que sea consistente con un análisis costo-efectividad, en donde el beneficio de la regulación supere los costos de cumplimiento, traduciéndose todo ello en un efectivo cumplimiento de la normativa.
En cuanto a los aspectos laborales, la directora expuso la clasificación de las empresas en base al número de trabajadores. Estas se segmentan en: Micro empresa: 1 a 9 trabajadores, Pequeña empresa: 10 a 49 trabajadores, Mediana empresa: 50 a 199 trabajadores y Gran empresa: 200 o más trabajadores.
También explicó las modificaciones en el rango superior de las multas para estos diferentes tamaños de empresas, disminuyendo de 20 a 10 UTM la sanción máxima para las empresas de 1 a 49 trabajadores (MIPES). Por otra parte se aumenta de 60 a 90 UTM la sanción máxima para las grandes empresas (más de 200 trabajadores).
Otra medida destacada, en relación a los aspectos laborales, fue el aumento del beneficio de la reducción de la multa (de un 50% a un 80%) a las empresas de menor tamaño cuando éstas acreditan la corrección de la respectiva infracción dentro de los 15 días de notificada la multa.
Se buscará uniformar y extender el criterio de aplicación del sistema de sustitución de multa por capacitación o por programas de asistencia al cumplimiento (multas por infracciones de higiene y seguridad): se hace aplicable a empresas de hasta 49 trabajadores (MIPES). Hoy es para empresas de 9 y 25 trabajadores respectivamente.
Las razones para un nuevo enfoque se sustentan en la multifuncionalidad de los pequeños emprendedores, su experticia en los temas productivos y muchas veces falta de conocimiento en las materias normativas, obligan a revisar y transparentar los procesos de fiscalización y adecuar las multas al tamaño de la empresa. La Dirección del Trabajo está implementando cambios en su política de fiscalización para empresas de menor tamaño, avanzando hacia sistema más educativos y menos punitivos.
Los diferentes enfoques de la fiscalización buscan nuevas modalidades con miras a elevar los estándares de cumplimiento de la legislación laboral por parte de los fiscalizados. Éste fue denominado Gestión del Cumplimiento, donde el énfasis está puesto en gestionar las distintas herramientas disponibles a fin de obtener cambios significativos en la conducta infractora de los fiscalizados.
Además, busca que el empleador fiscalizado desarrolle una actitud favorable al cumplimiento de la legislación laboral, previsional y de salud y seguridad en el trabajo. Se entiende por actitud favorable un complejo de: (a) la posesión de conocimientos apropiados sobre las normas a cumplir, (b) un juicio de valor positivo sobre la justicia e importancia de esas normas o, en su defecto, una disposición al cumplimiento fiel de las normas legales existentes, (c) una conducta objetivamente verificable de cumplimiento cabal de los estándares laborales materia de la asistencia, y d) la existencia de un sistema de incentivos para el cumplimiento.
Fiscalización asistida para MIPES
La política de fiscalización general se caracteriza por la aplicación de multa inmediata frente a la infracción constatada. En relación a lo anterior se propone un procedimiento que contempla la no aplicación de multa inmediata sino que constatación de infracción con plazo de corrección y asistencia técnica del fiscalizador para la corrección.
La implementación será gradual durante el primer semestre de 2008 y en la actualidad se está llevando a cabo un plan piloto en cinco inspecciones a fin de evaluar los impactos de este tipo de fiscalización (tiempos de demora, recursos, cargas de trabajo, etc.).
Finalmente, la Silva informó sobre los sistemas de asistencia al cumplimiento para la Pyme. Esta modalidad consiste en generar una serie de instrumentos para incentivar al autocontrol empresarial. Por una parte, se les ayuda a cumplir la norma y, por otra, se otorgan incentivos para ello, siendo de carácter voluntario y escalonado (empresas de 1 a 199 trabajadores). Su implementación se verificará gradualmente durante el año 2008, estableciéndose programas pilotos en las distintas regiones en acuerdos con los gremios empresariales.
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