Implicancias de la Ley 20.279 (que aumenta el ingreso mínimo mensual) y la Ley 20.281 (que iguala el sueldo base al ingreso mínimo mensual, aclara qué trabajadores están exentos de la jornada de trabajo y extiende el derecho de semana corrida a trabajadores con remuneración mixta)

Escrito por Coordinación | con fecha agosto 31, 2008

Atendido a la inquietud manifestada por muchas personas en cuanto a los alcances de las Leyes 20.279 y 20.281, nos hemos visto en la obligación de explicarles sus alcances:

La Ley 20.279 reajustó el IMM de $144.000 a $159.000, lo cual no sólo implica un aumento del ingreso mínimo imponible mensual sino también del monto mínimo de las horas extras y del piso mínimo y tope máximo de la gratificación garantizada (art. 50). Sin embargo, ello no beneficia a quienes ganen menos de $159.000 y más de $228.000. A continuación les presentamos un documento que explica la forma en que el reajuste incide en las remuneraciones mensuales. Ver: Explicaciones sobre la Ley 20.279

En cuanto a la Ley 20.281, que equipara el sueldo base al IMM, sus implicancias para las remuneraciones de los trabajadores son diversas:

A. Equiparación sueldo base al ingreso mínimo mensual

1) Por una parte, tal como explica el Dictamen Nº 3152/063 de 25 de Julio de 2008, dicha equiparación debe hacerse con cargo a los estipendios fijos (que jurídicamente constituyen sueldo, de acuerdo al artículo 41 letra a) y los variables de la remuneración mensual, por lo que en esta parte no implica ningún aumento de la remuneración mensual.

2) Además, el empleador está facultado para hacer este “ajuste” en un plazo de 6 meses, en forma unilateral, en las liquidaciones de remuneraciones. Es decir, no necesita que el trabajador suscriba anexo de contrato de trabajo alguno para modificar, en los hechos, la forma de cálculo de su remunración, debiendo cautelar únicamente que esta no disminuya. El problema de ésto radica en que el artículo 11 del Código del Trabajo obliga al empleador a “actualizar” la remuneración del trabajador por lo menos una vez al año, por medio de la suscripción de un anexo de contrato de trabajo, por lo que los trabajadores deberán tener mucho cuidado respecto de la forma en que se estipulará que deben calcularse sus comisiones e incentivos diarios, a efectos de impedir que se traduzcan en una baja efectiva de su remuneración mensual.

3) Lamentablemente, los trabajadores sujetos al artículo 22 del Código del Trabajo -exlcuidos, por tanto, de la jornada de trabajo- no tienen derecho a que se les efectúe este “ajuste“. No obstante, la Ley aclara quiénes efectivamente están sujetos a dicha norma, lo cual ayudará a evitar un sinnúmero de fraudes que se cometen en la práctica y muchos empleadores deberán comenzar a pagar las horas extras que corresponden. Esta norma rige in ac tum, por lo que el pago de las horas extras debe hacerse efectivo a partir de la entrada en vigencia de la Ley, pues el plazo de 6 meses sólo rige para efectuar el “ajuste” en el sueldo base.

B. Semana Corrida

4) Por otra parte, tal como explica acertadamente el Dictamen Nº 3162/066 de 5 de Agosto, la Ley aclara establece que los trabajadores con remuneración mixta (sueldo más variables) también tienen derecho a la semana corrida, pero en su base de cálculo deben considerarse todas las remuneraciones variables que se devenguen diariamente sin importar que su pago se realice en forma mensual. En consecuencia, la semana corrida de éstos trabajadores deberá pagarse sobre la base de las comisiones, bonos diarios de productividad y otros estipendios que se calculan en forma diaria, y no por el “sueldo base”, como se acostumbraba a hacer, lo que -en la práctica- se traduce en un aumento de la remuenración mensual de muchos trabajadores.

5) Finalmente, debemor llamar la atención en que el pago de la semana corrida también debe hacerse in actum, puesto que el plazo de 6 meses que establece la Ley rige solamente para efectuar el ajuste del sueldo base al ingreso mínimo mensual. ¡Así lo dice expresamente la Ley! En efecto, el artículo transitorio de la LEY 20.281 sólo se refiere a dicho ajuste y no menciona jamás ninguna de las otras modificaciones. Por lo tanto, el empleador debiera pagar lo que corresponde por concepto de semana corrida a apartir de ahora, sin dilaciones de ningún tipo.

No obstante, debemos comunicarles que la Dirección del Trabajo, en una decisión muy cuestionable resolvió -por medio del dictamen Nº 3152/063, antes citado- que el “espíritu” y la “historia” de la Ley demuestran que el plazo de 6 meses regía tanto para efectuar el ajuste del sueldo base como para iniciar el pago de la semana corrida.

Como siempre, la decisión final la tendrán los tribunales.

12 comentarios para “Implicancias de la Ley 20.279 (que aumenta el ingreso mínimo mensual) y la Ley 20.281 (que iguala el sueldo base al ingreso mínimo mensual, aclara qué trabajadores están exentos de la jornada de trabajo y extiende el derecho de semana corrida a trabajadores con remuneración mixta)”

mario saavedra jimenez wrote a comment on agosto 28, 2008

Que pasa con el Sector Público, que tiene un sueldo base menor que el Mínimo, corresponde que lo suban también.

andres wrote a comment on septiembre 1, 2008

¿alguno de ustedes asesora en negociaciones colectivas?
y si es así ¿cuanto cobra?

ximena wrote a comment on septiembre 29, 2008

Acavo de ver esta parte del mail y mi respuesta es para lo de la negociacion colectiva andres, nosotros tenemos un abogado que nos asesora en negociacion si no has encontrado escribeme.

ximena wrote a comment on septiembre 29, 2008

Acavo de ver esta parte del mail y mi respuesta es para lo de la negociacion colectiva andres, nosotros tenemos un abogado que nos asesora en negociacion si no has encontrado escribeme.

ximena wrote a comment on septiembre 29, 2008

Acabo de ver esta parte del mail y mi respuesta es para lo de la negociacion colectiva andres, nosotros tenemos un abogado que nos asesora en negociacion si no has encontrado escribeme.

[...] Ver explicación de la Ley 20.281 [...]

Alejandra wrote a comment on enero 22, 2009

Me pueden explicar con ejemplos numericos como se calcularia una semana corrida para un trabajador con renta fija y variable?, pongamos estos ejemplos
Sueldo Base 156.000
Bono Produccion: promedio semana (5 dias trabajados 45 horas) 48.400

Sueldo Base 159.000
Bono Produccion pormedio semana (5 dias trabajados 45 horas) 45.400

» Blog Archive » Nuevo Dictamen sobre Sueldo Base sent a pingback on abril 28, 2009

[...] Más información sobrela Ley 20.281 aquí. [...]

Marihe wrote a comment on agosto 14, 2010

Necesito asesoría, para el tema de semana corrida en tribunales

XIMENA wrote a comment on marzo 29, 2011

NECESITO SABER CUANDO UN HIJO DEJA DE SER CARGA SI TIENE 24 AÑOS CUMPLIDO EN DICIEMBRE DEL 2010, SI TODAVIA ESTA ESTUDIANDO (TESIS) DE HECHO LO TUVE QUE MATRICULAR IGUALESTE AÑO. LES AGRADECERIA ME ENVIARAN SU RESPUESTA A MI MAIL.

GRACIAS

fernando wrote a comment on septiembre 26, 2011

el sueldo minimo en una renta por comicion es retroactiva junto con la semana corrida

Coordinación wrote a comment on septiembre 27, 2011

Estimado, más que retroactiva, el derecho a cobrarla prescribe a los 2 años desde que se tornó exigible.

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