El Cuestionado Reglamento Interno de Supermercados LiderEscrito por Coordinación | con fecha noviembre 4, 2009“Guardar la más completa y estricta lealtad con la empresa, en todos aspectos con la prestación de sus servicios.” (Art. 31 N° 7) “Se prohíbe a los trabajadores dar entrevistas a medios de comunicación sobre pormenores de la Empresa sin la autorización del Gerente.” (Art. 32 N° 51) “…todo comunicado debe ser autorizado por el superior directo y debe ajustarse a la política comunicacional de la empresa”. (Art. 32 N° 27) “No caer en insolvencia financiera, o sufrir protestos de documentos mercantiles, como cheques, letras, pagarés, etc.” (Art. 31 N° 19) Aunque parezcan insólitas, éstas son algunas de las normas del Reglamento Interno que rige en todos los Supermercados Líder del país. Y a pesar que fueron impugnadas por la Dirección Nacional del Trabajo, continúan vigentes. ¿LIDER siempre se puede?. Ver Dictamen
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Un comentario para “El Cuestionado Reglamento Interno de Supermercados Lider”
[...] en Supermercados Lider pese a que fue impugnado por la DT hace más de un año, por medio de Dictamen Nº 3416/049 de 28 de Agosto de 2009. En efecto, el Art. 31 Nº 15 del Reglamento obliga a los trabajadores a “Mantener en estricta [...]
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