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Archive for mayo, 2011
Sabido es que los contratos de trabajo suelen contener cláusulas por las cuales los empleadores se reservan la facultad de descontar, de las remuneraciones de sus trabajadores, el valor de las herramientas o elementos de trabajo que les han entregado cuando éstas se deterioran, se pierden o son hurtadas. Habitualmente se ha resuelto que estas cláusulas generales de descuento son ilegales, pues el artículo 58 del Código del Trabajo sólo autoriza efectuar descuentos cuando la pérdida, deterioro, hurto o robo se debe a responsabilidad del trabajador. Pero, ¿cómo operan estas limitaciones tratándose de dineros que no son considerados “remuneracion” (aquellas señaladas en el artículo 41 inciso 2º del C.T.)?
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Categories: Descuentos
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Recordamos a los funcionarios públicos que los días lunes 23 y 30 de Mayo se realizarán clases especiales, la primera a cargo de la profesora Sandra Alvarez, y la segunda a cargo del profesor Eduardo Vidal. Lo anterior es sin perjuicio de las clases que habitualmente se desarrollan los días martes y jueves de cada semana.
Categories: Clases (info)
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El Código del Trabajo dispone que las remuneraciones deben pagarse en un período de tiempo que no puede exceder de un mes. Pero ¿qué pasa si el día establecido para el pago recae en día domingo o feriado? La Dirección del Trabajo ha dictado el Ord. Nº 2093/033 de 13-05-2011 por el cual aclara que, en dicho caso, el pago debe anticiparse y verificarse el día viernes inmediatamente anterior, pues de lo contrario el período de pago excedería del límite de un mes.
Categories: Pago
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Estimados trabajadores,
Les adjuntamos algunos materiales de clases pasadas y otros de las clases de esta semana, que hasta esta fecha nos han hecho llegar los profesores.
- Trabajadores regulados por Estatuto Administrativo
- Trabajadores regulados por Código del Trabajo
Categories: Apuntes de clases
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En muchas oportunidades los trabajadores reciben beneficios o remuneraciones que no constan expresamente en sus contratos de trabajo. Cuando éstos se perciben con cierta periodicidad, se entienden incorporados al contrato de trabajo, de modo que su pago o entrega se tornan obligatorios para el empleador. Por esta razón se les denomina “cláusulas tácitas”. Pero ¿qué pasa con estas cláusulas cuando se suscribe un instrumento colectivo que no las elimina o tampoco contiene otras que regulen la misma materia?
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Categories: Cláusula tácita, Extensión de beneficios
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El Art. 206 del C.T. garantiza a las trabajadoras una hora de su jornada de trabajo para que alimenten a sus hijos menores de 2 anos, derecho que pueden ejercer de cualquiera de las tres formas que esta norma senala. Se trata de un derecho irrenunciable que debe ser costeado por los empleadores, quienes deben pagar la remuneracion integra a que las trabajadoras habrian tenido derecho si hubieren prestado servicios efectivos, a objeto que el ejercicio de este derecho no se traduzca en un perjuicio para ellas. Es decir, las horas de permiso deben ser pagadas. De esta forma, la Direccion del Trabajo acaba de sostener
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Categories: Maternidad, Permisos laborales
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La Ley 20.123 no solo regulo el trabajo en regimen de subcontratacion. Tambien legalizo el suministro de personal o puesta a disposicion de trabajadores, practica que se habia extendido en nuestro pais y que en ese entonces era ilegal al tenor del articulo 7 del C.T, debido a que el trabajador debe prestar servicios bajo subordinacion y dependencia de un tercero que no es su empleador (llamado “empresa usuaria”). Para ello suscribe con su empleador (llamado empresa de servicios transtorios o EST) un contrato de trabajo de servicios transitorios, respecto del cual la Direccion del Trabajo acaba de evacuar
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Categories: Feriados, Suministro de personal
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El pasado 18 de abril se promulgo la Ley 20.510 que reconocio la continuidad laboral de trabajadores de Notarias, Archiveros y Conservadores de Bienes Raices en caso de cambio de los titulares. Pese a que la ley 19.729 de 2001 introdujo una modificacion al articulo 1 del C.T., reconociendo la existencia de relacion laboral entre estos trabajadores y el Notario, Archivero y Conservador respectivo, en varias oportunidades
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Categories: Continuidad laboral
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