Resumen: El objetivo del presente trabajo es comparar la actual regulación del derecho de huelga frente a los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, con el objeto de exponer al Estado de Chile como infractor de la normativa internacional con respecto a la jurisprudencia del Comité de Libertad Sindical.
Confirmando la tendencia de aumento progresivo de los últimos cinco años, el número de huelgas y de trabajadores involucrados en ellas se incrementó nuevamente en comparación al año anterior. Mientras en 2008 hubo 159 movilizaciones, en 2009 esta cifra llegó a 171, variación que significó un alza de 25% en el total de personas que utilizó dicho instrumento como medida de presión durante los procesos de negociación colectiva.
Desde hace algún tiempo, la Sala Laboral de la Corte Suprema ha venido “remeciendo” el mundo laboral-sindical dictando sentencias que van más allá de un simple cambio de criterio repecto de la interpretación de determinadas normas y parecieran, en realidad, evidenciar un verdadero cambio ideológico de su parte, algunas de las cuales dicta contra el texto expreso de la Ley, privilegiando el efecto perverso de la norma laboral y privando a los derechos laborales de toda eficacia.